fbpx

blog

Últimas Novedades

arba

Notas

2 diciembre 2022

Inscripción Nuevas Sociedades por ARBA

CPN. Gonzalo Alcorta
Depto. Técnico Legal Impositivo

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, mediante la emisión de su Resolución Normativa (ARBA) N° 26 (B.O. 24/10/2022), establece lo siguiente:

Que la Clave de Identificación Tributaria (CIT) podrá ser obtenida por los contribuyentes de todos los tributos respectos de los cuales esta Agencia de Recaudación resulta Autoridad de Aplicación; por los agentes de recaudación de los tributos provinciales; por los responsables solidarios previstos (artículo 21, incisos 1) y 2), del Código Fiscal – Ley Nº 10397 (T.O. 2011) y modificatorias-); por los agentes de información; por los sujetos obligados en materia catastral y geodésica y por los demás interesados, mediante alguno de los siguientes mecanismos:

1) A través de la aplicación disponible en el sitio oficial de Internet de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (www.arba.gob.ar) para la obtención de la Clave de Identificación Tributaria, ingresando los datos personales y antecedentes tributarios que le sean solicitados;

2) Dirigiéndose a cualquiera de los Centros de Servicios Locales de la Agencia de Recaudación u oficinas municipales habilitadas, con su respectivo Documento Nacional de Identidad o documento que acredite identidad. Cuando se trate de personas jurídicas u otras entidades, deberá presentarse su representante con su respectivo Documento Nacional de Identidad o documento que acredite identidad y con la documentación que acredite la personería invocada;

3) Los responsables solidarios previstos (artículo 21, incisos 1) y 2) del Código Fiscal -Ley Nº 10397 (T.O. 2011) y modificatorias-), sean o no residentes en la Provincia, que no revistan el carácter de contribuyentes ni de agentes de información o de recaudación de tributos provinciales, podrán obtener su Clave de Identificación Tributaria dirigiéndose a cualquiera de los Centros de Servicios Locales de esta Agencia de Recaudación.

Podrán asimismo gestionar su obtención vía web, por intermedio de la persona jurídica a la que administran o a cuyo órgano de administración pertenecen. A tal fin la mencionada persona jurídica deberá, utilizando su propia Clave de Identificación Tributaria, informar con carácter de declaración jurada los datos de contacto (correo electrónico, teléfono celular) de uso particular del responsable solidario, informándosele a este último vía mail el acceso a su Clave de Identificación Tributaria.

La opción de obtención de la referida Clave por internet para los responsables solidarios se encontrará disponible en tanto la persona jurídica en cuestión haya dado debido cumplimiento a los deberes previstos (Resoluciones Normativas Nº 110/2008 y Nº 53/2010 y modificatorias), informando los datos necesarios, actualizados, de los miembros de su directorio o demás responsables solidarios que correspondan conforme lo dispuesto por el Código Fiscal. No será necesario en estos casos, que se produzca por el responsable solidario la aceptación web prevista.

4) Las personas humanas que cuenten con Clave Fiscal Nivel 3 otorgada por la AFIP podrán optar por realizar el trámite de obtención de su Clave de Identificación Tributaria en forma online, a través del servicio de autenticación externa “AUTENTICAR”, en el marco de la Plataforma de Autenticación Electrónica Central – PAEC (conf. Decreto Nacional Nº 1265/2016 y Resolución Nº 216/2018 del ex Ministerio de Modernización de la Nación). Para ello deberán ingresar a la aplicación correspondiente disponible en el sitio oficial de internet de la Agencia de Recaudación (www.arba.gob.ar), desde donde serán automáticamente redireccionados a la mencionada plataforma para completar el trámite. Allí deberán informar un correo electrónico particular, en el cual se realizarán las comunicaciones que correspondan.

5) Las personas humanas que cuenten con Nivel 3 de acceso al perfil digital del ciudadano otorgada por la plataforma digital “Mi Argentina” podrán optar por realizar el trámite de obtención de su Clave de Identificación Tributaria en forma online, a través de dicha aplicación, en el marco de la Plataforma de Autenticación Electrónica Central – PAEC (conf. Decreto Nacional Nº 1265/2016 y Resolución Nº 494/2018 del ex Ministerio de Modernización de la Nación). Para ello deberán ingresar a la aplicación correspondiente disponible en el sitio oficial de internet de esta Agencia de Recaudación (www.arba.gob.ar), desde donde serán automáticamente redireccionados a la mencionada plataforma para completar el trámite. Allí deberán informar un correo electrónico particular, en el cual se realizarán las comunicaciones que correspondan.

6) Las personas Jurídicas o contratos con domicilio legal en la provincia de Buenos Aires, en oportunidad de realizar su inscripción inicial ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ), obtengan a través de dicho organismo provincial su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) otorgada por la AFIP, podrán optar por tramitar en forma conjunta la obtención de su Clave de Identificación Tributaria (CIT).

El representante legal o el sujeto autorizado a realizar el trámite de inscripción que acredite tener facultades suficientes ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) deberá completar -con carácter de declaración jurada- e ingresar electrónicamente ante dicho organismo el formulario web que se encontrará disponible en el Portal de Trámites de la citada Dirección Provincial (www.gba.gob.ar/dppj). En el mencionado formulario web deberá indicarse que se solicita la tramitación conjunta de la Clave de Identificación Tributaria, consignando la identidad del representante legal, su correo electrónico particular en el cual se realizarán las comunicaciones que correspondan, y todos los datos que le sean requeridos, observando las formalidades exigidas por la Disposición de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas N° 45/2015 y modificatorias.

Abrir chat
1
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?