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Litigio laboral

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4 noviembre 2024

Litigios Laborales y modificaciones en las indemnizaciones

¿La nueva legislación podría cambiar la forma en que se interpretan y aplican las indemnizaciones laborales?

Por Dr. Fernando Bianchi


En el ámbito del derecho laboral, la reciente Ley 27.742 de Bases ha introducido modificaciones significativas al Artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) (Ley 20.744). Estas modificaciones están destinadas a establecer directrices más claras y pueden tener importantes implicancias tanto en litigios como en el cálculo de indemnizaciones laborales.

En esta oportunidad vamos a hablar de la Modificación del Artículo 23 y sus Implicancias en Litigios.

El Artículo 23 de la LCT tradicionalmente ha presumido la existencia de una relación laboral cuando una persona presta servicios en nombre de otra, lo cual ha sido una herramienta clave en juicios laborales. Sin embargo, la nueva Ley 27.742 busca precisar y limitar los alcances de esta presunción mediante criterios más claros y limitantes para determinar la existencia de una relación de dependencia laboral.

Desafío probatorio: Aunque la presunción de una relación laboral sigue existiendo, la modificación podría requerir que el trabajador proporcione más evidencia para sostener la existencia de dicha relación. Lo cual podría complejizar los litigios laborales, enfocándose en pruebas más detalladas sobre la naturaleza de la relación que une a las partes.

Impacto en indemnizaciones

Si bien la Ley 27.742 no introduce modificaciones en cuanto a las indemnizaciones que prevé la Ley de Contrato de Trabajo, como así tampoco en cuanto a la base de cálculo de las misma, más allá de la creación de una indemnización por despido discriminatorio el cual introduce como Art. 245 bis de la LCT..

Si la ley bases podría influir indirectamente en el cálculo de indemnizaciones laborales, especialmente si se redefine quién se considera empleado en relación de dependencia y quién no.

Las empresas podrían argumentar con mayor frecuencia que ciertos trabajadores no están cubiertos por la LCT, lo que disminuiría la cantidad de indemnizaciones al limitar las relaciones consideradas dependientes.

El texto anterior a la ley de Bases presumía que la simple prestación de tareas hacía presumir un contrato en relación de dependencia independientemente de la forma y denominación que le hubieran acordado las partes al contrato.

Mientras que con la modificación de la ley de bases específicamente el inc. d) del art. 2° de la LCT el cual dispone que «la Ley 20.744 no se aplicará a las contrataciones de obra, servicios, agencia y todas las reguladas en el Código Civil y Comercial de la Nación» y su concordancia con el nuevo texto del art. 23 de la LCT que establece que «la presunción contenida en el presente artículo no será de aplicación cuando la relación se trate de contrataciones de obras o de servicios profesionales o de oficios y se emitan los recibos o facturas correspondientes a dichas formas de contratación o el pago se realice conforme los sistemas bancarios determinados por la reglamentación correspondiente. Dicha ausencia de presunción se extenderá a todos los efectos, inclusive a la seguridad social».

Ya no operaría automáticamente dicha presunción y las partes deberán demostrar la existencia o no de la relación de dependencia.

Posibles consecuencias prácticas

Para los trabajadores: La modificación puede implicar que se les requiera mayor documentación o evidencias para probar la relación laboral en litigios, cuando la vinculación estuviera enmarcada en un contrato de locación de servicios o locación de obra. Esto podría dificultar algunos casos laborales si el trabajador no tiene pruebas suficientes para acreditar el vínculo laboral.

Para los empleadores: Se les podría otorgar mayor flexibilidad para definir quiénes están sujetos a la LCT, reduciendo su carga de indemnización en casos de desvinculación. No obstante, esto también podría resultar en un mayor control de las condiciones de empleo en tribunales.

La Ley 27.742, en definitiva, busca equilibrar la judicialización de casos laborales donde no haya una relación dependiente clara, aunque también podría limitar los derechos de ciertos trabajadores para reclamar bajo la LCT.

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