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1 marzo 2023

Prórroga a los plazos del Régimen de Factura de Crédito Electrónica

Por medio de la Resolución 49/2023 ME (B.O. 01/03/2023), se prorrogan diversos plazos del régimen de Facturas de Crédito Electrónica MIPYMES» (Ley 27.440 y 24.760 y Resolución 167/2020 y 146/2021).

Se establece la prórroga hasta el 31/03/2023, el plazo de 25 días para: el pago del precio superior a los 25 días contados a partir de la fecha de recepción de la factura de crédito electrónica en el domicilio fiscal electrónico del obligado al pago , la constitución de título ejecutivo y valor no cartular, la emisión de notas de débito y crédito que se ajusten a la operación , la aceptación de la Factura de crédito electrónica , la aceptación tácita, efectuar el rechazo de la Factura de crédito electrónica y su inscripción en el Registro de Facturas de Crédito Electrónica MIPYMES.

Luego, a partir del 1° de abril hasta el 31 de mayo de 2023 dicho plazo será de 21 días corridos.  La vigencia de la extensión de plazo es hasta el 31/05/2023.


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