15 agosto 2023
Mediante el dictado de la RG AFIP 5403/2023 (B.O. 14/08/2023 – Suplemento especial) se modifica el régimen de percepción del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, que se aplica sobre las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)”.
Para las operaciones de cambios de divisas previstas en los incisos b) y c) del artículo 35 de la Ley 27.541, cuyo monto mensual -considerado por sujeto- sea igual o superior a la suma de USD 300 y para las operaciones de adquisición de servicios en el exterior y de transporte de pasajeros con destino fuera del país previstos en los incisos d) y e) del mismo artículo se practicará una percepción del 45% y otra percepción del 5% (anterior 45% y 25%).
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