12 agosto 2024
La AFIP, a través de la Resolución General 5548 (B.O. 12/08/2024), ha otorgado un plazo especial y excepcional para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del saldo de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular correspondientes al período fiscal 2023. Aunque las fechas de vencimiento originales no se modifican, se considerará en término la presentación y el pago hasta el período comprendido entre el 19 y el 23 de septiembre, según la terminación del número de CUIT.
Cabe destacar que se requerirá el ingreso de un pago a cuenta equivalente al 40% de los anticipos del período fiscal 2023.
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