22 enero 2024
Mediante el dictado de la Resolución General AFIP 5.480 (B.O.22/01/2024) se extiende hasta el 5 de febrero de 2024 a efectos de cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2023.
Hasta dicha fecha los contribuyentes del régimen simplificado deberán evaluar los parámetros que determinan su categoría como monotributistas e informar los cambios que se produzcan, en caso de que les corresponda una categoría distinta de la actual o, también, si quedan encuadrados en el régimen general.
Las obligaciones de pago resultantes de la citada recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el 1 de febrero de 2024 y el 31 de julio de 2024.
Vigencia: 22/01/2024
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