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9 agosto 2024

AFIP habilitó el trámite para el reingreso al Monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la opción que permite a los contribuyentes excluidos o renunciados del Monotributo durante el período del 1 de enero al 31 de julio de 2024 solicitar su reingreso al régimen. Como un beneficio impositivo importante.

La medida está en función de ley Ley 27.743 y el Decreto 661/2024, y representa una oportunidad para quienes quedaron del régimen de monotributo.

Para poder reingresar al Monotributo, los contribuyentes deben cumplir con ciertas condiciones específicas:

  • Exclusión o Renuncia:
    Haber sido excluidos del Régimen Simplificado o haber renunciado voluntariamente durante el período mencionado. Cumplimiento de la Ley 24.977: Cumplir con las condiciones establecidas por la Ley 24.977, considerando las actualizaciones implementadas por la Ley 27.743.
    Aquellos cuya actividad principal sea la prestación de servicios y que hayan superado el monto máximo de ingresos brutos de la categoría H entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2024 deben tener en cuenta lo siguiente para reingresar:
  • Haber ingresado los importes correspondientes a la categoría H durante el período mencionado.
  • No haber excedido el límite máximo de ingresos correspondiente a la categoría K según la Ley 27.743.

En cuanto al procedimiento: Al ingresar a la aplicación o servicio de AFIP con clave fiscal de monotributo, el sistema ahora permite que los contribuyentes ingresar puedan realizar el reingreso al monotributo.


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