20 julio 2023
Mediante el dictado de la Resolución General AFIP 5.388 (B.O. 20/07/2023), se establece para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 y Tramo 2, determinen los 10 anticipos del impuesto a las Ganancias (RG AFIP 5211/2022 y modificatorias.) mediante la aplicación de un 10% (antes 1° Anticipo del 25%, 9 restantes del 8.33%) , para los ejercicios iniciados a partir de agosto de 2023.
Aplicación: ejercicios iniciados desde agosto 2023
Disponible en el Sistema Cuentas tributarias: desde noviembre de 2023.
Vigencia: 20/07/2023.
suscribite al Info.Arizmendi y mantenete actualizado con las últimas novedades en legislación.