A través de la Resolución General 5898/2026, publicada en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó una nueva extensión en los plazos para el Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025. Esta medida administrativa tiene como objetivo principal facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
A continuación, detallamos los puntos clave de esta actualización normativa para tener en cuenta:
Nuevo plazo de presentación: La obligación de presentar la Declaración Jurada (DDJJ) se prorroga excepcionalmente, otorgando tiempo hasta el 13 de octubre de 2026.
Sujetos alcanzados: Esta extensión aplica a todas las personas humanas y sucesiones indivisas, abarcando tanto a quienes tributan como responsables del régimen general, como a aquellos adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Vencimiento de pago sin cambios: Es crucial destacar que esta flexibilización aplica únicamente a la presentación documental. El vencimiento para el pago del saldo resultante del impuesto no sufrió ningún tipo de modificación y se mantiene firme en su fecha original del 27 de julio de 2026.
Cálculo manual de anticipos 2026: La normativa introduce una aclaración operativa fundamental para las próximas obligaciones. Si, como consecuencia de no haber presentado aún la DDJJ 2025, el sistema «Cuentas Tributarias» no habilita automáticamente el importe del primer y/o segundo anticipo correspondientes al período fiscal 2026, el contribuyente no queda eximido del pago. En estos escenarios, los responsables deberán determinar e ingresar dichos montos realizando el cálculo de forma manual, basándose en los datos consignados en sus respectivos papeles de trabajo.
Esta resolución ya se encuentra en plena vigencia desde el día de su publicación oficial.