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8 octubre 2026
CABA elimina la carga anual del Registro de Empleadores: Claves del Decreto 347/2026
Una medida de alto impacto normativo y operativo libera a las empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de uno de sus trámites administrativos recurrentes. A través del Decreto 347/2026 (publicado en el Boletín Oficial de CABA el 05/10/2026), el Poder Ejecutivo local dispuso la derogación integral del Decreto 625/09, eliminando formalmente la obligación de presentar la declaración jurada anual en el Registro de Empleadores On Line.
Esta resolución alivia la carga operativa de las áreas de Recursos Humanos, Liquidación de Haberes y Asesoría Laboral, marcando un avance concreto en la simplificación de trámites empresariales.
¿En qué consiste el cambio y a quiénes beneficia?
Hasta la promulgación del nuevo decreto, todas las personas humanas o jurídicas con domicilio legal o establecimientos en CABA debían volcar anualmente información laboral, contable y socioeconómica con carácter de declaración jurada.
A partir de la entrada en vigencia del Decreto 347/2026:
- Fin del reporte anual: Se extingue la obligación de confeccionar, revisar y presentar la declaración jurada en la plataforma del Registro de Empleadores.
- Alcance: La medida aplica a la totalidad de las compañías, PyMEs y empleadores con nómina o sede en la Capital Federal.
- Reducción de costos operativos: Las áreas administrativas eliminan horas de carga manual de datos redundantes.
El fundamento normativo: Interoperabilidad estatal
El argumento central de la reforma reside en la consolidación del principio de interoperabilidad dentro del Plan de Modernización de la CABA:
- Evolución normativa (Ley 3.304 y Decreto 332/25): El marco legal vigente prohíbe de manera expresa a las dependencias del Gobierno de la Ciudad exigir a los ciudadanos y empresas documentación o datos que ya consten en bases públicas oficiales.
- Sustitución de la carga pública: En lugar de requerir que los privados reenvíen la misma información sociolaboral cada año, el Estado asume la responsabilidad de cruzar, validar y actualizar los datos mediante sistemas interconectados.
Implementación técnica y protección de datos
El Artículo 2.º del Decreto 347/2026 asigna la ejecución del nuevo esquema a dos organismos clave de la Ciudad:
- Secretaría de Trabajo y Empleo (Ministerio de Justicia): Mantiene intactas sus facultades de fiscalización y poder de policía laboral conforme a la Ley 265 y el artículo 44 de la Constitución de la CABA.
- Secretaría de Innovación y Transformación Digital (Jefatura de Gabinete): Aporta la infraestructura tecnológica necesaria para la interconexión automática de bases de datos estatales.
Garantía de confidencialidad: El texto oficial aclara de forma explícita que la información intercambiada mediante estos cruces automáticos estará resguardada bajo las normativas de secreto estadístico, seguridad de la información y protección de datos personales.
¿Implica esta medida un menor control fiscalizador?
No. La eliminación del trámite manual no equivale a una relajación en las inspecciones ni en la vigilancia del cumplimiento de las normas sociolaborales.
Por el contrario, la autoridad de aplicación operará con un modelo de fiscalización más dinámico: al cruzar información en tiempo real con organismos impositivos y de la seguridad social, el Ministerio de Trabajo contará con un perfil de datos integrado y actualizado sin necesidad de depender de un reporte manual una vez al año.
Recomendaciones para áreas de RR.HH. y Liquidadores
- Actualizar el calendario de vencimientos: Retirar el hito del Registro de Empleadores On Line de la agenda anual de cumplimiento de CABA.
- Mantener al día la información en organismos nacionales: Dado que el Estado cruzará datos con registros de la seguridad social e impositivos, la consistencia de las Altas/Bajas y declaraciones juradas (AFIP/ARCA u otros entes) cobra mayor relevancia.
- Documentación interna en regla: Al persistir el poder de policía de la Ley 265, la documentación laboral física o digital debe permanecer a disposición ante eventuales inspeciones presenciales o requerimientos digitales.