22 noviembre 2022
El cronograma de Feriados para el año 2023 prevé 14 feriados inamovibles, 2 trasladables y 3 con fines turísticos, lo que contabiliza un total de 19 días festivos.
Conocé y descargá el calendario 2023.
ACLARACIONES
Los feriados inamovibles son los feriados nacionales que se rigen por la Ley 27399 (Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de semanas largos).
Los feriados inamovibles son los siguientes:
Feriados trasladables
Los feriados trasladables son los feriados nacionales que se rigen por el artículo 6 de la Ley 27399 (Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de semanas largos) y el artículo 1° del Decreto 789/2021.
A los fines de su celebración, los feriados cuyas fechas coincidan con días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y aquellos que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente. Pero permanecen en la fecha designada por la ley en los casos en que la misma coincide con un feriado nacional inamovible y/o la fecha coincide con días lunes, sábados y domingos.
Los feriados trasladables son los siguientes:
Feriados con fines turísticos
Los feriados con fines turísticos son los días establecidos por el artículo 1º del Decreto 764/2022 (BO 22/11/2022)en los términos de lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley 27399 (Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de semanas largos).
Para año 2023 los feriados con fines turísticos son los siguientes:
Días No Laborables
a) La Ley 26199 fue dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente del 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad.
(b) Sólo para los habitantes que profesen la Religión Judía, según lo dispuesto por la Ley 23399, pueden disponer libremente de los siguientes días:
(c) Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica, según lo dispuesto por la Ley 23399, gozan de ciertos días que se rigen por el calendario lunar.
Fuente: Ley 27399 (BO 18/10/2017),Decreto 789/2021 (15/11/2021) y Decreto 764/2022 (BO 22/11/2022).
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