13 mayo 2025
A partir del 13 de mayo de 2025, comienzan a vencer las Declaraciones Juradas Anuales del Impuesto a las Ganancias 2024 para sociedades con cierre de ejercicio el 31 de diciembre de 2024, de acuerdo con lo establecido por ARCA.
Este vencimiento alcanza tanto a personas jurídicas como a explotaciones unipersonales que cerraron ejercicio en diciembre del año pasado.
Entre las entidades obligadas a presentar la declaración jurada, se incluyen:
Se deben declarar todas las ganancias empresarias, especialmente las de tercera categoría, como por ejemplo:
La ganancia se calcula sobre la base del balance impositivo, deduciendo los gastos autorizados por la ley, como por ejemplo:
Además, debe aplicarse el ajuste por inflación impositivo, conforme al Título VI de la Ley del Impuesto.
Aplicando el coeficiente de actualización (2,929949649), la escala vigente para ejercicios iniciados entre el 1/1/2024 y el 31/12/2024 es:
| Ganancia Neta Imponible Acumulada | Pagarán $ | Más el % sobre el excedente de $ |
|---|---|---|
| Hasta $34.703.523,08 | $0 | 25% sobre el excedente de $0 |
| $34.703.523,08 – $347.035.203,79 | $8.675.880,77 | 30% sobre el excedente de $34.703.523,08 |
| Más de $347.035.203,79 | $102.375.393,08 | 35% sobre el excedente de $347.035.203,79 |
La declaración jurada se presenta mediante el aplicativo SIAP «Ganancias Personas Jurídicas – Sociedades», utilizando el Formulario F.713, a través del servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” en el sitio de ARCA.
El impuesto puede abonarse a través de:
Si al presentar la declaración se determina un saldo a favor, este será de libre disponibilidad para el contribuyente.
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