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1 julio 2024

EMPLEADOS DE COMERCIO: adenda al acuerdo original

Como fuera informado el pasado 28/7/24, se ha celebrado nuevo acuerdo salarial para el CCT 130/75 de Empleados de Comercio, el cual dispone un incremento no remunerativo de 13,5% a abonarse en tres tramos no acumulativos en los meses de Junio, Julio y Agosto de 2024.

En este sentido, el acta acuerdo original firmado por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) en el marco de la paritaria 2024 para la actividad mercantil, el incremento salarial del 13,5% se debía calcular sobre las escalas de remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomaría como base de cálculo los valores expresados para el mes de marzo de 2024, con más las sumas de carácter no remunerativo a dicha fecha.

La mencionada suba de 13,5% se abonará en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos:

  • 5% desde junio
  • 4,5% desde julio
  • 4% desde agosto

Posteriormente la Cámara Argentina de Comercio ha sacado un comunicado donde informa que se habría firmado una adenda a dicho acuerdo en donde el porcentual de incremento no se calcularía solo sobre el básico a Marzo 2024 y las sumas no remunerativas vigentes a dicho mes, sino que deberá incluirse también las sumas no remunerativas del mes de Abril de 2024 y Mayo de 2024.

Finalmente informamos que no hemos podido acceder a la copia del texto original presentado ante la autoridad administrativa sobre esta supuesta adenda, con lo cual es recomendable aguardar a la publicación de la misma o de las escalas.

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