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11 marzo 2024

IGJ: aclaraciones respecto al nuevo monto del capital social mínimo exigido para constituir sociedades anónimas

Por medio del sitio web argentina.gob.ar, la Inspección General de Justicia realizó las siguientes aclaraciones sobre el nuevo monto del capital social mínimo exigido por el artículo 186 de la LGS Nº 19.550 para la constitución de sociedades anónimas, que a través del Decreto 209/2024, se fijó en $30.000.000.
El nuevo monto de capital mínimo se requerirá para las sociedades anónimas que se constituyan a partir del día 01/03/2024, respetándose el monto de capital de aquellas sociedades ya constituidas, que se encuentren inscriptas, en proceso de inscripción, o con instrumento de constitución otorgado con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del decreto.
Resulta primordial que el importe exigido como capital mínimo para la constitución de las sociedades anónimas deba renovarse periódicamente para que el mismo sea adecuado a la realidad económica. Asimismo, es importante tener en cuenta que el capital inicial, entendido como un elemento balanceador de la contrapartida de la limitación de responsabilidad societaria, es recomendado como una práctica adecuada en el ámbito de las regulaciones de empresas.
Fuente: CPCECABA.

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