11 enero 2024
Mediante el dictado de la Resolución General Conjunta AFIP 5.478 (B.O. 10/01/2024 – Suplemento) se establece la prórroga hasta el 24 de enero de 2024, inclusive, el plazo de la presentación de la declaración jurada para que los importadores que posean deuda comercial con proveedores del exterior informen el monto de la misma.
Por otro lado, la inscripción en el Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior se extiende a importaciones vía régimen de Courier y declaraciones de Ingreso a Zona Franca.
Adicionalmente, se elimina la evaluación de la Capacidad Económico-Financiera como requisito para tramitar por medio del Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI).
Vigencia: 10/01/2024
Link a Resolución General Conjunta 5478/2024
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