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31 enero 2024

Reducción de las tasas de financiación para el régimen de facilidades de pago de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social

La Resolución General AFIP 5481/2024 reduce la tasa de interés de financiación de los planes de facilidades de pago -considerando la tasa de interés resarcitorio vigente-, que soliciten las micro, pequeñas y medianas empresas y las entidades sin fines de lucro a partir del 1 de febrero de 2024.


Recordemos que la Resolución General AFIP 5.321 estableció un régimen de facilidades de pago de carácter permanente que permite regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social -así como sus intereses y multas-, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la AFIP.


La presente Resolución General reduce la tasa de interés de financiación que será la que resulte de aplicar el CINCUENTA POR CIENTO (50%), SESENTA POR CIENTO (60%) o CIEN POR CIENTO (100%) sobre la tasa de interés resarcitorio -vigente a la fecha de consolidación del plan de facilidades de pago – para los que presenten las micro, pequeñas y medianas empresas y las entidades sin fines de lucro según el tipo de deuda de que se trate.
Esta normativa entró en vigencia el 30 de enero de 2024 y resultará de aplicación para los planes de facilidades de pago que se presenten a partir del 1 de febrero de 2024.

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