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21 noviembre 2023

Programa Incremento exportador: se extiende hasta el 10 de diciembre y fijan nuevas condiciones para el dólar «CCL»

Mediante el dictado del Decreto 597/2023- DPR -PEN (B.O.21/11/2023) , se dispone la ampliación y extensión de la libre disponibilidad de divisas del Programa incremento exportador para todos los sujetos, bienes y servicios (realizadas en el país y utilización o explotación en el exterior) exportados hasta el 10/12/2023( Anterior hasta el 17/11/2023). Se incrementa al 50% la porción de divisas que se pueden liquidar en el segmento del dólar Contado con Liquidación o «CCL». Con adhesión al sistema por medio del sistema registral de la AFIP.
A su vez establece que los exportadores de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), alcanzados efectuarán el pago de los derechos, tributos y demás conceptos en las condiciones que establece la normativa aplicable, en los plazos que a esos efectos disponga la AFIP, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, no debiendo superar dicha fecha el 31 de diciembre de 2023, inclusive, correspondiendo aplicar la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) respectivo, considerando el contravalor excepcional y transitorio previsto en la presente prorroga .
Vigencia: 21/11/2023.


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