13 septiembre 2023
A través del Decreto 473/2023 publicado en el Boletín Oficial el 13/09/2023, se dispone que dejen de pagar el Impuesto a las Ganancias los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados, cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma mensual equivalente conforme el monto vigente a partir del 1° de octubre de 2023 a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, se adicione a la deducción incrementada un monto equivalente que determine que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a 0.
Además, se exime de dicho impuesto a la segunda cuota del sueldo anual complementario 2023, en la suma mensual equivalente, conforme el monto que esté vigente el 1º de octubre de 2023, a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
Por otro lado, se encomienda a la AFIP a incrementar los importes de la escala progresiva del artículo 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, para los trabajadores que superen remuneración y/o haber bruto mensual a partir del 1° de octubre de 2023 a 15 SMVM, a fin de reducir el impacto del impuesto por aumentos salariales, con efectos para el período comprendido desde la entrada en vigencia de este decreto y hasta los montos percibidos al 31 de diciembre de 2023.
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