fbpx

blog

Últimas Novedades

Factura de Crédito Electrónica MIPYMES

Novedades

29 septiembre 2023

Se prorrogan los plazos para el régimen de “Factura de Crédito Electrónica MIPyMEs”

Con el dictado de la Resolución ME 430/2023 (B.O. 29/09/2023) se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2023 el plazo previsto en los Artículos 4°, 5° y 6° de la Ley 27440, así como el establecido para efectuar el rechazo de una “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs” y su inscripción en el Registro de “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”, manteniéndose en VEINTIÚN (21) días corridos. Se establece que, desde el 1° de octubre de 2023 y hasta el 30 de noviembre de 2023, serán de VEINTIÚN (21) días corridos:

  • Los plazos previstos en los Artículos 4°, 5° y 6° de la Ley N° 27.440
  • El plazo para efectuar el rechazo de la “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs” y su inscripción en el Registro de “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs”, previsto en el último párrafo del Artículo 8° de la Ley 27440.

Se establece que hasta el día 30 de noviembre de 2023, el Régimen de “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs” no resultará aplicable respecto de los comprobantes originales (factura o recibo) emitidos por una Micro, Pequeña o Mediana Empresa a una “Empresa Grande” que sean cedidos en los términos del Artículo 1618 del Código Civil y Comercial de la Nación antes de ser cancelados, rechazados o aceptados -expresa o tácitamente- por la destinataria de los mismos

La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1° de octubre de 2023.

Legislación Impositiva Online
Abrir chat
1
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?