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27 enero 2025

Agronegocios y Comercio Exterior: Reducción Temporal de Derechos de Exportación para Impulsar la Agroindustria

El Gobierno Nacional, a través del Decreto 38/2025 (publicado en el Boletín Oficial el 27/01/2025), estableció nuevas alícuotas para los Derechos de Exportación (DE) con el objetivo de fomentar las exportaciones agroindustriales. Estas medidas incluyen reducciones específicas para productos agroindustriales y bienes de economías regionales.

Principales Disposiciones del Decreto 38/2025

  • Reducción a 0% (Anexo I)
  • Se fija una alícuota de 0% para las mercaderías detalladas en el Anexo I.
  • Incluye productos agroindustriales y bienes elaborados provenientes de economías regionales.
  • Reducción Temporal para Otros Productos (Anexo II)
  • Para determinados productos (soja, trigo, cebada, maíz, sorgo y sus derivados), las alícuotas se reducirán hasta el 30/06/2025.
  • Nuevas alícuotas:
  • Pasan del rango de 33%-7% al 26%-5.5%, según corresponda.

Condiciones para Aplicar el Beneficio:

  • Es obligatorio liquidar al menos el 95% de las divisas provenientes de estas exportaciones dentro de los 15 días hábiles de la presentación de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE).
  • El incumplimiento de esta condición implicará:
  • La restitución de la alícuota original.
  • La suspensión del beneficio hasta que se regularice la situación.

Consideraciones sobre las Divisas
El concepto incluye:

  • Cobros de exportaciones.
  • Anticipos de liquidación.
  • Supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación externa.

Para más detalles, sigue la normativa completa y los anexos correspondientes al Decreto 38/2025.


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