3 enero 2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha informado la actualización de los montos mínimos a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales deben reportar transacciones, saldos y consumos de sus clientes. Este ajuste responde a la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), según lo establecido en la Resolución General 5512/2024.
Nuevos montos vigentes desde enero 2025
Los nuevos importes comenzarán a aplicarse para todas las operaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2025. Esto significa que las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas deberán informar aquellas transacciones que superen los siguientes límites:
$600.000:
$1.000.000:
$2.000.000:
¿Cómo impacta esta medida en los consumidores?
Según ARCA, esta medida no afecta directamente a los consumidores, ya que se trata exclusivamente de un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras y plataformas. No representa un cambio en las operaciones ni genera nuevos impuestos para los usuarios.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo rigen los nuevos importes?
Los nuevos montos se aplicarán a partir del 1 de enero de 2025.
¿En qué afecta a los consumidores?
No afecta directamente a los consumidores, ya que es un régimen de información para las entidades financieras.
¿Dónde puedo obtener más información?
Para más detalles, podés consultar el micrositio de ARCA: https://www.afip.gob.ar/operacionesFinancieras/declaracion-jurada/que-informacion-presentar.asp
Fuente: ARCA
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