31 agosto 2026
La reciente novedad sobre la homologación de los acuerdos paritarios de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA) ha generado interrogantes en los departamentos de Recursos Humanos y áreas de liquidación de sueldos.
Para evitar inconsistencias en las liquidaciones del Convenio Colectivo de Trabajo N.º 260/75, es fundamental precisar cuál es el alcance real del acto administrativo emitido por las autoridades laborales y cómo aplica según el sector de cada empresa.
El estado de homologación varía según la actividad específica dentro del sector metalúrgico:
A través de la Disposición N.° 1068/2026 de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo (DNRYRT), de fecha 26 de agosto de 2026, se homologó de manera exclusiva el acuerdo y las escalas salariales pactados entre la UOMRA y las entidades del sector siderúrgico:
Para las empresas comprendidas en la actividad metalmecánica general —representadas por ADIMRA, CAMIMA, AFARTE, CAIAMA y FEDEHOGAR—, la recomposición salarial ya fue acordada y firmada por las partes paritarias. Sin embargo, su acto administrativo de homologación formal se halla actualmente en trámite ante la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, pendiente de dictamen oficial.
Ante este panorama normativo, la aplicación práctica para la liquidación de haberes difiere según la rama de actividad:
Monitorear las publicaciones oficiales del boletín administrativo resulta clave para asegurar la correcta imputación de haberes y evitar rectificaciones posteriores en las cargas sociales.

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