5 noviembre 2026
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó un paquete de medidas orientado a dar oxígeno financiero al sector productivo, monotributistas y organizaciones sociales. A través del Boletín Oficial, el organismo formalizó tanto la prórroga de los planes de financiación vigentes como la extensión en el freno al cobro judicial de deudas impositivas y de la seguridad social.
Estas medidas combinan una ventana de tiempo más amplia para refinanciar pasivos acumulados y un escudo temporal contra medidas cautelares y embargos bancarios.
Mediante la Resolución General 5924/2026, el organismo modificó el régimen especial de facilidades de pago estructurado originalmente por la RG 5875/2026 y su modificatoria 5920/2026.
Las modificaciones centrales son:
De forma complementaria, la Resolución General 5923/2026 instrumenta la prórroga de la suspensión del inicio de ejecuciones fiscales y la traba de medidas cautelares, en línea con la Resolución 1899/2026 del Ministerio de Economía.
La traba de embargos judiciales y el inicio de juicios de cobro quedan suspendidos de manera formal hasta el 30 de junio de 2027. Esta prórroga amplía expresamente su paraguas protector hacia las MiPyMEs y pequeños contribuyentes, evitando bloqueos de cuentas bancarias e inhibiciones en plena actividad comercial.
| Parámetro | RG 5924/2026 (Plan de Pagos) | RG 5923/2026 (Ejecuciones Fiscales) |
| Objetivo | Refinanciar deudas impositivas y de seguridad social | Frenar demandas de cobro y traba de cautelares |
| Sujetos beneficiarios | MiPyMEs, Pequeños Contribuyentes, Org. s/fines de lucro | MiPyMEs y Pequeños Contribuyentes |
| Plazo límite de vigencia | 30 de junio de 2027 | 30 de junio de 2027 |
| Corte de obligaciones | Deudas vencidas al 31/10/2026 | Causas y medidas en trámite según normativa |
| Fecha de operatividad | Disponible en sistema desde el 16/11/2026 | Inmediata (vigente desde publicación en BO) |
La combinación de ambas normativas otorga previsibilidad para estructurar pasivos acumulados sin el riesgo inmediato de litigios fiscales. Para determinar qué tipo de plan resulta más conveniente según la tasa de interés aplicable y la capacidad de pago operativa, es recomendable consultar con un asesor contable antes de enviar la consolidación definitiva.

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