1 septiembre 2026
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio un nuevo paso en la digitalización del sistema tributario argentino. A través de la Resolución General 5893/2026, publicada el 31 de agosto de 2026 en el Boletín Oficial, el organismo fiscal extendió el universo de contribuyentes obligados a emitir comprobantes electrónicos o utilizar Controlador Fiscal, al tiempo que introdujo modificaciones en el régimen de impresión y gestión de puntos de venta.
La normativa establece un esquema gradual para que sectores que aún utilizaban comprobantes físicos adopten de forma obligatoria los esquemas digitales:
Importante sobre contingencias: A partir de la entrada en vigencia de estas obligaciones, los talonarios en papel (comprobantes impresos) solo podrán utilizarse de manera excepcional frente a fallas operativas o contingencias, y únicamente hasta el vencimiento de la autorización de impresión previamente otorgada.
La RG 5893/2026 ajusta el marco de autorización de impresión de comprobantes para prevenir inconsistencias fiscales:
Para facilitar la adopción del sistema, ARCA actuará de oficio en caso de omisiones operativas. Si un monotributista no cuenta con un punto de venta habilitado al momento de asumir la obligación, el organismo lo dará de alta automáticamente en el servicio “Comprobantes en línea”, asociándolo a la opción “Factura en línea – Monotributo” y a su domicilio fiscal declarado.
La norma incorpora una salvedad a las obligaciones de emisión fijadas anteriormente por la RG (ARCA) N° 5866/2026. Quedan exceptuadas de dicha obligación las entidades de seguros comprendidas en la Ley Nº 20.091 que realicen exclusivamente operaciones no alcanzadas en IVA, respecto de los hechos imponibles derivados de esas operaciones. Esta medida tiene vigencia retroactiva a la publicación de la norma, desde el 31 de agosto de 2026.
Si tu actividad o la de tus clientes encuadra en alguna de estas categorías, es aconsejable tomar las siguientes medidas antes de las fechas límite:

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