5 mayo 2026
A través de la Resolución 169/AGIP/26, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) ha reglamentado la obligatoriedad de exteriorizar la incidencia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ISIB) en las operaciones realizadas dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Esta medida busca armonizar la normativa local con el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor nacional. A continuación, detallamos los puntos clave que debes tener en cuenta para adaptar tu facturación:
Todos los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que emitan facturas, tickets o documentos equivalentes a consumidores finales en CABA.
La normativa establece pautas específicas para la visualización del tributo en los comprobantes:
Es importante destacar que esta información solo debe aparecer en comprobantes destinados a consumidores finales. En ningún caso se debe incorporar la alícuota en las facturas emitidas a otros eslabones de la cadena de comercialización o prestación de servicios.
Sanciones: El incumplimiento, total o parcial, de estos deberes formales será pasible de las sanciones previstas en el artículo 107 del Código Fiscal.
Fecha límite de adecuación: Los contribuyentes tienen hasta el 31 de agosto de 2026 para adecuar sus sistemas técnicos e informáticos.

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