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24 julio 2026

Empleados de Comercio: Nuevo Incremento Salarial y Suma No Remunerativa a Partir de Julio de 2026

El pasado 22 de julio de 2026, la Federación de Empleados de Comercio y Servicios junto a las cámaras empresarias del sector alcanzaron un nuevo acuerdo en el marco de las negociaciones paritarias. Este entendimiento establece una recomposición salarial para todos los trabajadores comprendidos en el convenio colectivo de la actividad.

A continuación, analizamos los puntos clave del acuerdo, el esquema de cobro y cómo impacta en las próximas liquidaciones.

¿De cuánto es el aumento salarial para Empleados de Comercio?

El nuevo acuerdo paritario fija un incremento salarial del 5,7% no acumulativo, el cual se abonará de forma escalonada en tres tramos consecutivos entre los meses de julio y septiembre de 2026.

Esquema de liquidación del aumento (5,7%)

Mes de cobroPorcentaje de incrementoCarácter
Haberes de Julio 20261,9%No acumulativo
Haberes de Agosto 20261,9%No acumulativo
Haberes de Septiembre 20261,9%No acumulativo

Suma fija no remunerativa de $50.000

Además del porcentaje mencionado, las partes acordaron el otorgamiento de una suma no remunerativa por única vez de $50.000.

💡 Dato clave para liquidadores: Esta asignación de $50.000 se liquidará distribuida de forma extraordinaria durante los meses de julio y agosto de 2026.

Claves para la liquidación de haberes

Para los profesionales de recursos humanos, contadores y liquidadores de sueldos, este nuevo acuerdo exige prestar especial atención a los siguientes aspectos:

  • Cálculo no acumulativo: Recordar que las subas mensuales del 1,9% se aplican sin acumulación sobre las bases fijadas en el acuerdo.
  • Tratamiento de la suma no remunerativa: Contabilizar correctamente la asignación de $50.000 en los recibos de sueldo dentro de los periodos correspondiente a julio y agosto.
  • Actualización de escalas: Revisar los conceptos convencionales que puedan verse impactados por la nueva grilla salarial.

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