La Cámara Alta convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal II: qué cambia y cómo te afecta
La Cámara de Senadores convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal II con 44 votos a favor, 23 en contra y ninguna abstención. Esta iniciativa busca profundizar las herramientas del sistema financiero para incentivar el ingreso formal de divisas que actualmente se encuentran fuera del circuito oficial.
Aunque la norma fue sancionada el 17 de septiembre de 2026, su aplicación plena quedará efectiva una vez que sea promulgada y publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina. La nueva legislación introduce reformas sustanciales a la Ley 27.799 (Inocencia Fiscal), la Ley 11.683 (Procedimiento Fiscal) y la Ley 25.191 (Trabajadores Rurales).
A continuación, analizamos los puntos centrales y las novedades operativas que presenta esta ley:
1. Ganancias Simplificada e Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Apertura total del régimen: Se eliminan los topes de ingresos y las restricciones patrimoniales para acceder al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.
Exclusiones fijadas: Quedan fuera de los beneficios de presunción de exactitud y bloqueo fiscal los Grandes Contribuyentes Nacionales y los Funcionarios Públicos (desde el cargo de Secretario de Estado en adelante, además de magistrados y legisladores) que hayan ejercido en los últimos 5 años.
Cobertura extendida al IVA: La presunción de exactitud se extiende a los períodos no prescriptos del IVA que coincidan con el régimen simplificado de Ganancias, salvo en casos detectados de facturas apócrifas o cómputos improcedentes.
Aplicación retroactiva: La modalidad simplificada abarca las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal iniciado el 1° de enero de 2025.
2. Redefinición de Discrepancias Significativas y Presunciones
Nueva base de cálculo: El parámetro del 15% para establecer una discrepancia significativa pasará a calcularse sobre el impuesto determinado o la reducción de quebrantos, y no sobre el saldo a favor a ingresar.
Monto mínimo de aplicabilidad: No se configurará discrepancia significativa si el monto es menor a $5.000.000 o no supera el límite del Régimen Penal Tributario.
Límites a presunciones ordinarias: No se podrá aplicar la discrepancia por meras diferencias entre depósitos bancarios y ventas o por incrementos patrimoniales no justificados de forma aislada.
Devoluciones con plazo límite: Ante la anulación o revocación de una determinación de oficio, se restituye retroactivamente la presunción de exactitud y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá reintegrar los fondos cobrados con intereses en un plazo máximo de 45 días hábiles.
3. Régimen de Reducción de Multas
Rebaja permanente del 25%: Se otorga de pleno derecho a MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro para sanciones formales.
Descuento temporal del 50%: Aplica a multas por infracciones formales no firmes o pendientes de pago previas a la vigencia de la norma, sujeto a regularización formal, allanamiento y renuncia a repetición.
4. Operaciones Financieras y Antecedentes UIF
Protección a fondos exteriorizados: Se ratifica la inaplicabilidad de sanciones tributarias, civiles y penales hasta el 31 de diciembre de 2027 para fondos canalizados mediante el BCRA, la CNV o escrituras públicas.
Evaluación favorable: La constancia de adhesión al régimen simplificado deberá ser considerada como antecedente favorable por los sujetos obligados del régimen de prevención de lavado de activos (UIF).
5. Cambios para Empleadores Rurales (RENATRE)
Nuevas escalas sancionatorias: Se reestructuran las multas por omitir o registrar con inconsistencias a los trabajadores rurales en el RENATRE.
Actualización por UVA: A partir del 1° de enero de 2027, los montos de sanción se ajustarán anualmente en función de la variación de la UVA.
6. Cronograma y Prórroga de Vencimientos
Nueva fecha para Ganancias: La presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de Personas Humanas correspondiente al período 2025 quedaría prorrogada hasta el martes 13 de octubre de 2026. Queda pendiente su reglamentación.