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26 marzo 2025

Obtención y Renovación del Certificado MiPyME: Modificaciones y Procedimiento

El Certificado MiPyME es un documento clave para acreditar la condición de micro, pequeña o mediana empresa ante la ARCA, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo y otras instituciones. Obtenerlo permite acceder a financiamiento, beneficios impositivos y programas de asistencia.

Renovación y Recategorización

Para mantener los beneficios asociados al Registro MiPyME, es necesario recategorizar o confirmar el certificado según los datos registrados en la ARCA. Esto debe realizarse a partir del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal.

La recategorización se realiza automáticamente si la empresa ha presentado sus declaraciones juradas de IVA y Cargas Sociales de los últimos tres ejercicios o si es monotributista. Sin embargo, aquellas empresas que hayan solicitado la renovación antes del proceso automático también deben verificar su situación.

Descarga del Certificado MiPyME

Actualmente, el proceso de descarga del Certificado MiPyME ha cambiado. Para obtenerlo se deberá ingresar la página del Ministerio de Economía y la Secretaría de Comercio haciendo clic aquí, el sistema ahora requiere tanto el número de transacción como el acceso al servicio LUFE (Legajo Único Financiero y Económico).

Procedimiento para Obtener la Constancia del Certificado MiPyME

  1. Ingresar a ARCA con CUIT y Clave Fiscal y acceder al servicio LUFE. Si no está habilitado, agregarlo desde el listado de servicios.
  2. Seleccionar el representado para el cual se requiere el certificado.
  3. Navegar hasta la pestaña «Documentos» en la pantalla principal del servicio.
  4. Hacer clic en «Validados», dentro de la barra de progreso.
  5. Buscar «Certificado Pymes» en la lista de documentos y hacer clic en «Ver».
  6. Descargar el Certificado en formato PDF desde la sección de documentos validados.

Fechas Clave para 2025

Para evitar la pérdida de beneficios impositivos y asegurar la continuidad de los mismos, es importante conocer los siguientes plazos:

  • Revisión para reinscripción automática: Del 1 al 20 de abril de 2025.
  • Envío de información de ARCA a SEyPyME: 21 de abril de 2025 (primer día hábil posterior al periodo de revisión).
  • Presentación de balances: Hasta el último día del sexto mes posterior al cierre de ejercicio (por ejemplo, 30 de junio de 2025 para ejercicios cerrados en diciembre de 2024).

Es fundamental que las empresas mantengan al día su certificación para continuar accediendo a los beneficios del Registro MiPyME.

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