blog

Últimas Novedades

ImpositivaNovedades

20 febrero 2026

Reglamentación de la Inocencia Fiscal

La Ley N° 27.799 de Inocencia Fiscal busca normalizar la economía tras años de informalidad estructural causada por el cepo y la presión tributaria.

  • Antes: El sistema se basaba en la sospecha y la persecución.
  • Ahora: Se presume la buena fe del contribuyente, permitiendo que quienes usen el «Régimen de Declaración Jurada Simplificada» (vía ARCA) reingresen su capital al sistema sin fricciones burocráticas excesivas.

📈 Operaciones Permitidas

Bajo esta adecuación, los fondos y activos declarados pueden canalizarse hacia el mercado de capitales o Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs) mediante:

CanalAcción Permitida
EfectivoDepósitos en cuentas bancarias de ALyCs, Agentes de FCI o PSAVs.
Valores NegociablesTransferencia de títulos (bonos, acciones) desde/hacia subcuentas del mismo titular.
CriptoactivosTransferencia de activos virtuales desde/hacia cuentas en PSAVs registrados en CNV.

⚠️ Restricciones y Cumplimiento

Aunque se facilita el ingreso, existen «filtros» de seguridad para evitar abusos:

  1. Jurisdicciones Seguras: Si transfieres títulos o criptoactivos desde el exterior, el origen no puede ser:
    • Países de baja o nula tributación (No cooperantes).
    • Jurisdicciones de «Alto Riesgo» según el GAFI (Lista Negra/Gris).
  2. Prevención de Lavado (UIF): La flexibilización fiscal no anula los controles de prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Los agentes siguen obligados a observar las normas de la UIF.
  3. Segregación: Se mantiene la obligatoriedad de separar estrictamente los fondos propios de los de terceros.

Nota Importante: El objetivo final, según Roberto E. Silva (Presidente de CNV), es inyectar liquidez al sistema financiero local para fomentar el crecimiento del mercado de capitales argentino.


Legislación Impositiva Online