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10 septiembre 2026

Prórroga en CABA: Discriminar Ingresos Brutos se posterga a enero de 2027

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) oficializó un alivio operativo para las empresas, comercios y prestadores de servicios que operan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A través de la Resolución (AGIP) Nº 339/2026, publicada en el Boletín Oficial el 8 de septiembre de 2026, se fijó una nueva prórroga para la implementación del régimen de transparencia fiscal en la emisión de comprobantes.

Con esta decisión, la obligación de adecuar los sistemas de facturación para detallar la incidencia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) en las ventas a consumidores finales se traslada al 1 de enero de 2027.

Resumen de los cambios normativos

AspectoDetalle
NormativaResolución (AGIP) Nº 339/2026
Publicación en BO8 de septiembre de 2026
Fecha límite anterior30 de septiembre de 2026
Nueva fecha límite1 de enero de 2027
Sujetos alcanzadosContribuyentes y responsables con operaciones en CABA
ObjetoDiscriminación del impuesto a los Ingresos Brutos en comprobantes a consumidores finales

¿Qué implica esta prórroga para tu negocio?

El vencimiento original, fijado para el 30 de septiembre de 2026, exigía una adaptación rápida de las plataformas informáticas, puntos de venta (POS) y software de gestión fiscal (ERP). La extensión del plazo otorga tres meses adicionales para planificar de manera ordenada los desarrollos técnicos sin arriesgar la continuidad operativa de las ventas diarias.

Entre las principales razones e impactos de esta medida destacan:

  • Mayor margen de desarrollo e integración: Permite a las áreas de IT y a los proveedores de software fiscal probar los cambios en los modelos de comprobantes sin la presión de la fecha límite previa.
  • Revisión de alícuotas y parámetros: Otorga tiempo para validar la correcta parametrización de las alícuotas de IIBB según la actividad económica desarrollada en la jurisdicción.
  • Reducción de inconsistencias: Previene errores de emisión que puedan derivar en sanciones formales o inconsistencias en las declaraciones juradas del tributo.

Recomendaciones para contadores y empresas

A pesar del diferimiento del plazo hasta el 1 de enero de 2027, no es aconsejable pausar los proyectos de adecuación en marcha. Para garantizar un proceso fluido, conviene seguir este esquema de trabajo:

  1. Auditar el software de facturación actual: Confirmar con el proveedor informático el estado de desarrollo del módulo que desglosa el tributo en la factura o ticket final.
  2. Coordinar con el área impositiva: Verificar la correcta correspondencia entre los códigos de actividad del contribuyente y las alícuotas aplicables a mostrar al consumidor.
  3. Planificar pruebas piloto: Realizar simulaciones de emisión antes de finalizar el último trimestre del año para detectar fallas en el cálculo o en la impresión gráfica del comprobante.

Mantener los sistemas actualizados permitirá iniciar el año fiscal 2027 en regla con la AGIP y transparentar de forma clara la carga impositiva en la facturación local.


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