Día del Empleado de Comercio 2026: Confirman el Traslado de la Fecha al Lunes 28 de Septiembre
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las principales cámaras empresarias del sector llegaron a un acuerdo para trasladar de manera excepcional la celebración del Día del Empleado de Comercio del sábado 26 al lunes 28 de septiembre de 2026.
Esta modificación busca otorgar un fin de semana largo de descanso a los trabajadores mercantiles de todo el país y facilitar la organización operativa de los comercios.
¿Cuándo se celebra el Día del Empleado de Comercio en 2026?
Por ley (Ley 26.541), la conmemoración original se fija el 26 de septiembre. Sin embargo, para este año 2026, el acuerdo celebrado entre la representación sindical y el sector empleador dispone que el cese de actividades y los festejos se lleven a cabo el lunes 28 de septiembre.
De esta manera, el beneficio del descanso se adosa al fin de semana, permitiendo un corte continuo en las tareas del sector.
Marco legal y liquidación salarial: CCT 130/75
Para todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, la jornada del lunes 28 de septiembre adopta un carácter legal específico:
Tratamiento de Feriado Nacional: A efectos de la liquidación de haberes y la eximición de tareas, el día rige con el mismo alcance que un feriado nacional.
Sin prestación de servicios: El empleado no está obligado a prestar tareas. Si no trabaja, cobra la jornada de manera habitual sin ningún tipo de descuento.
Liquidación por jornada trabajada: En caso de que se acuerde la prestación de servicios, el empleador deberá abonar la jornada con un recargo del 100% (pago doble), tal como establece la Ley de Contrato de Trabajo para los días feriados.
Francos compensatorios: La prestación de tareas en esta fecha no puede ser reemplazada únicamente por un franco compensatorio posterior; requiere la liquidación con el recargo correspondiente.
Impacto para comercios, PyMEs y consumidores
El traslado al día lunes generará cierres o esquemas reducidos de atención en supermercados, centros comerciales, tiendas de indumentaria y comercios de proximidad.
Para los consumidores: Se sugiere realizar compras de insumos básicos y gestiones comerciales con anticipación, contemplando la inactividad del sector durante ese lunes.
Para los empleadores: Es indispensable notificar a los equipos con tiempo, planificar las guardias (en caso de actividades esenciales) y aplicar las pautas de liquidación fijadas por el CCT 130/75 en la liquidación de sueldos de septiembre.