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12 agosto 2026

Todo lo que tenés que saber sobre las inversiones del Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

El Ministerio de Economía ha dado un paso fundamental para la implementación de la nueva Ley de Modernización Laboral (Ley N.º 27.802). A través de la Resolución MECON N.º 1276/2026 (B.O. 12/08/2026), se reglamentaron las pautas de inversión, los criterios de liquidez y los límites de diversificación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

El objetivo principal de esta normativa es claro: preservar el valor real de los aportes patronales y garantizar que los fondos estén disponibles de manera inmediata para el pago de las prestaciones laborales.

En este artículo, analizamos los puntos clave de la reglamentación y cómo deberán administrarse estas carteras.

Criterios obligatorios para la gestión del FAL

Las Entidades Habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) que administren el Fondo de Asistencia Laboral deberán regirse por cinco pilares fundamentales: seguridad, liquidez, diversificación, transparencia y preservación del capital.

Además, existe una regla de oro en cuanto a la moneda: todos los activos del fondo deben integrarse y pagarse exclusivamente en pesos argentinos (ARS) y negociarse en mercados autorizados de la República Argentina.

¿Cuáles son los activos elegibles para invertir?

Los recursos del FAL no pueden destinarse a cualquier instrumento financiero. La norma establece un marco conservador y estricto, permitiendo inversiones solo en las siguientes cuatro categorías:

  1. Valores negociables de deuda del Estado Nacional.
  2. Deuda subnacional: Títulos emitidos por las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
  3. Depósitos bancarios: Cuentas a la vista y plazos fijos en entidades autorizadas por el BCRA.
  4. Obligaciones Negociables (ON): Títulos de deuda de empresas privadas argentinas.

Requisito de máxima seguridad: Calificación ‘AAA’

Para garantizar la solvencia, si el fondo invierte en deuda subnacional u Obligaciones Negociables, estos títulos deben contar con oferta pública (CNV) y poseer una calificación de riesgo ‘AAA’ a nivel nacional, validada por al menos dos agencias calificadoras de riesgo.

Rendimientos autorizados para el fondo

Las modalidades de rendimiento permitidas para los instrumentos del FAL buscan proteger el capital de la inflación y la devaluación. Las estructuras habilitadas son:

  • Tasa Fija.
  • Tasa TAMAR (Depósitos Mayoristas en Pesos).
  • Ajuste CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia).
  • Ajuste Dólar Linked (según el tipo de cambio oficial del BCRA).
  • Bonos Duales (combinación de las modalidades anteriores).

Límites de diversificación: ¿Cómo se protege el patrimonio?

Para evitar riesgos de crédito y mercado, la Resolución 1276/2026 impone topes máximos de inversión, tanto a nivel general como por emisor:

Tipo de ActivoLímite Agregado MáximoLímite por Emisor / Jurisdicción
Depósitos BancariosSin tope específicoHasta 15% por entidad financiera y vinculadas.
Deuda Provincial / CABAHasta 15% del total del FALHasta 5% por jurisdicción subnacional.
Obligaciones Negociables (ON)Hasta 20% del total del FALHasta 10% por emisor y vinculadas.
Dólar Linked / Bonos DualesHasta 10% del total del FALIncluye cualquier componente con cobertura cambiaria.

Liquidez y gestión de contingencias del FAL

Un fondo destinado a prestaciones laborales debe responder rápidamente. Por ello, la normativa establece la obligación de mantener una Reserva de Liquidez Permanente no inferior al 10% del patrimonio total del FAL.

Esta reserva solo puede estar en activos de alta disponibilidad: depósitos a la vista, plazos fijos precancelables (o menores a 30 días) y Letras del Tesoro en pesos a menos de 90 días.

  • ¿Qué pasa si se usa la reserva? Si el fondo cae por debajo del 10% tras pagar prestaciones laborales, la entidad tiene 90 días corridos para recomponer este porcentaje.
  • Prohibición de autoinversión: Las entidades administradoras no pueden invertir los fondos en sus propios títulos o sociedades vinculadas.
  • Baja de calificación: Si un activo pierde su estatus ‘AAA’, queda prohibido comprar más instrumentos de ese emisor. Las tenencias previas pueden mantenerse hasta su vencimiento o liquidarse ordenadamente en un plazo máximo de 180 días.

Conclusión: Un perfil conservador para dar previsibilidad

La Resolución MECON N.º 1276/2026 completa el andamiaje operativo del Fondo de Asistencia Laboral. Al restringir las inversiones a pesos, exigir máxima calificación crediticia (‘AAA’), topear la exposición al dólar linked en un 10% y obligar a mantener una liquidez permanente del 10%, el Ministerio de Economía diseña un régimen sumamente conservador.

Esta estructura busca dar total tranquilidad tanto a empleadores como a trabajadores, asegurando que los fondos indemnizatorios no se vean comprometidos por las fluctuaciones del mercado financiero.


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