14 junio 2023
Se actualizan los importes mínimos que se deben considerar a los efectos de cumplimentar diversos regímenes de información, retención y percepción a cargo de la AFIP.
Detallamos a continuación las principales modificaciones establecidas en la presente Resolución General.
Regímenes de información
Resolución General AFIP 3349. Consumos relevantes de servicios públicos.
Se deberá presentar el régimen de información por las operaciones que, en cada mes calendario, sean iguales o superiores a la suma de $ 31.000.
Impuesto a las Ganancias
Resolución General AFIP 4011. Operaciones con tarjetas de crédito y/o compras.
No se practicará la retención cuando el importe a retener resulte inferior a $ 2.000.
Impuesto al Valor Agregado
Los montos previstos precedentemente se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) correspondiente al mes de diciembre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año inmediato anterior a este último.
La AFIP publicará en el mes de abril de cada año los importes actualizados en el sitio “web” institucional, los cuales serán de aplicación a partir del 1 de mayo de cada año.
Las disposiciones de la presente Resolución General entrarán en vigencia a partir del 1 de julio de 2023, inclusive.
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