Agraria • Impositiva • Novedades
10 abril 2025
Estas medidas responden a la emergencia causada por las inundaciones con el objetivo es aliviar la carga fiscal de los contribuyentes que han sido directamente afectados por esta catástrofe climática.
Alcance de las medidas incluyen a diversos perfiles de contribuyentes:
Además, aquellos que no sean caracterizados automáticamente por ARCA como beneficiarios, pueden solicitar su inclusión hasta el 30/05/2025, siempre que acrediten que más del 70% de sus ingresos provienen de actividades realizadas en las zonas afectadas.
Esta opción amplía el espectro de beneficiarios, garantizando que no queden afuera contribuyentes genuinamente perjudicados.
Medidas específicas de alivio
Prórroga para la presentación del Impuesto a las Ganancias:
Esta postergación otorga mayor tiempo para cumplir obligaciones fiscales en un contexto donde la actividad económica y la gestión administrativa pueden estar afectadas.
Suspensión de acciones fiscales coercitivas:
No se emitirán intimaciones, juicios de ejecución fiscal ni medidas cautelares hasta el 31/12/2025. Esto representa un importante alivio financiero y jurídico, permitiendo a los contribuyentes enfocarse en la recuperación sin presiones legales.
Protección de planes de pago vigentes:
Se excluye el proceso de caducidad de los planes de pago por falta de pago entre el 10/04/2025 y el 31/12/2025.
Esto es clave para garantizar que no se pierdan facilidades de pago por situaciones excepcionales, otorgando seguridad y continuidad en los compromisos fiscales ya asumidos.
Vigencia de las medidas
Todas las disposiciones rigen hasta el 31 de diciembre de 2025, lo cual ofrece un horizonte temporal claro para la planificación y recuperación económica de los afectados.
Fuente: Resolución General (ARCA) Nº 5671/2025 (BO 10/04/2025)

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