21 octubre 2025
ARCA ha dado un paso importante hacia la simplificación y agilización de trámites al modificar el régimen para acceder a los certificados de exclusión de retención, percepción y pagos a cuenta de IVA. Esta actualización, que afecta principalmente a contribuyentes con particularidades en su operatoria, promete un alivio significativo y mayor seguridad jurídica.
La modificación impacta de forma directa al Régimen de exclusión de retención, percepción y pagos a cuenta de IVA (Resolución General ARCA 2226/2007, modificatorias y complementarias), y está especialmente orientada a:
El punto central de esta flexibilización es la eliminación de un requisito que, en la práctica, resultaba una barrera para muchos contribuyentes:
Esta condición era difícil de cumplir, especialmente para aquellos que operan con beneficios o compensaciones estatales. Al quitar este obstáculo, la AFIP busca agilizar los trámites y reconocer las realidades económicas de estos sectores específicos.
La modificación no solo simplifica el acceso, sino que también mejora la transparencia y la inmediatez del procedimiento de otorgamiento.
La actualización del Artículo 24 de la RG N° 2.226 establece que la resolución favorable al contribuyente producirá efectos desde su publicación en el sitio web institucional del ARCA. Con esto:
Aun con la flexibilización, la norma mantiene intacto el derecho de los contribuyentes. En caso de decisiones desfavorables, se mantiene la posibilidad de recurrir a través del procedimiento establecido en el Artículo 74 del Decreto Reglamentario de la Ley 11.683.
Esta actualización normativa representa un avance en la búsqueda de optimizar los tiempos de gestión y ofrecer una mayor seguridad jurídica en el proceso de exclusión de los regímenes de retención y percepción del IVA. ARCA da una clara señal de querer facilitar el cumplimiento y adaptar sus requisitos a las particularidades de diversos sectores económicos.
Recomendación: Si usted se encuentra en alguna de las categorías mencionadas (subsidios, compensaciones, alícuotas reducidas de IVA), revise el estado de su solicitud o considere iniciar el trámite bajo estas nuevas condiciones más favorables.
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