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12 febrero 2026

ARCA lanza el «Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario»: Lo que tenés que saber

El Organismo Fiscal ha dado un paso firme hacia la digitalización y la gestión proactiva. A través de la Resolución General ARCA 5.823, publicada el 11 de febrero de 2026, se oficializa el “Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario”.

Este programa no es solo un cambio administrativo; es una nueva estrategia de la ARCA para que los contribuyentes regularicen sus deudas e inconsistencias de forma espontánea antes de llegar a instancias más severas.


¿Qué es el servicio «Nuestra Parte»?

La piedra angular de este programa es el micrositio «Nuestra Parte». Allí, la ARCA «abre sus cartas» y te muestra qué sabe de vos. Podrás consultar:

  • Situación registral: Datos básicos y estados ante el fisco.
  • Tus bienes e ingresos: Información cruzada de otros organismos y agentes de información (cuentas, sociedades, inmuebles).
  • Inconsistencias detectadas: Desvíos que el organismo ya visualizó en sus cruces sistémicos.
  • Deuda y falta de presentación: Un resumen de tus obligaciones pendientes.

Campañas de Inducción: El primer aviso

Antes de una multa o una inspección formal, la ARCA enviará campañas de inducción a tu Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).

Ojo con los plazos: Si recibís una notificación y no subsanás el error en 30 días corridos, el organismo podrá reiterar la campaña o escalar la acción de control.

Requerimientos y Fiscalizaciones Electrónicas

Si la inducción no es suficiente, la ARCA utilizará dos herramientas clave identificadas con un “Código de Acción de Control Electrónico”:

  1. Requerimientos Electrónicos: Para pedir información específica sobre rentas, gastos u operaciones.
  2. Fiscalizaciones Electrónicas: Procesos más formales originados por cruces de datos no resueltos. Pueden aplicarse una segunda vez si no hay respuesta satisfactoria en la primera instancia.

¿Cómo responder y qué plazos existen?

El cumplimiento no es opcional si querés evitar sanciones. Los puntos clave son:

  • Plazo: Tenés 15 días hábiles administrativos desde la notificación para responder.
  • Plataforma: Se gestiona íntegramente a través del servicio con clave fiscal “Sistema de Acciones de Control Electrónico – SIACE”.
  • Carácter legal: Todo lo que subas al SIACE tiene carácter de Declaración Jurada.

El riesgo de no responder: El factor SIPER

Ignorar estas notificaciones tiene consecuencias directas. La falta de respuesta será un factor determinante para bajar tu categoría en el SIPER (Sistema de Perfil de Riesgo), lo que puede derivar en mayores retenciones, limitaciones para operar o inspecciones presenciales.


¿Necesitás revisar tu situación en «Nuestra Parte» o recibiste una notificación de ARCA? En nuestro estudio podemos ayudarte a analizar las inconsistencias y responder los requerimientos dentro del plazo legal para proteger tu perfil de riesgo.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/338377/20260211


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