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7 julio 2026

ARCA Unifica el Registro de Contratos de Exportación: Todo sobre la nueva RG 5872/2026

El escenario del comercio exterior en Argentina se encamina hacia una mayor simplificación administrativa. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —organismo que sustituyó a la AFIP— publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5872/2026, una medida clave que unifica y reemplaza las normativas previas sobre el registro de operaciones de commodities.

A partir de su implementación, las empresas exportadoras contarán con un marco regulatorio concentrado que busca reducir la burocracia sin perder de vista el control fiscal.

A continuación, te contamos los puntos más importantes de esta nueva normativa y cómo impactará en tu operatoria diaria.

¿Qué cambia con la RG 5872/2026?

Hasta ahora, los exportadores debían lidiar con un esquema normativo fragmentado, regulado de forma separada por las antiguas RG 4653 y RG 4837. Con la entrada en vigencia de la RG 5872/2026, ARCA concentró todas las reglas de juego en un único texto normativo.

El objetivo principal de este reordenamiento es:

  • Simplificar el cumplimiento por parte de los operadores del sector.
  • Optimizar la fiscalización del Impuesto a las Ganancias y Precios de Transferencia en operaciones que involucren intermediarios internacionales.

Importante: La obligación aplica a los sujetos residentes en el país que realicen exportaciones definitivas de bienes con cotización (productos físicos con precios de público conocimiento en mercados transparentes, bolsas o agencias de fijación de precios, como granos, minerales o hidrocarburos). Se excluyen las operaciones realizadas por cuenta y orden de terceros, donde la obligación recae directamente en el titular de los bienes.

Procedimiento Único: Formularios y Canales Digitales

A pesar de la unificación documental, el procedimiento mantiene una segmentación lógica según el tipo de mercadería para adaptarse a las particularidades de cada sector.

Desde el 1 de agosto de 2026, las operaciones deberán seguir registrándose mediante los siguientes mecanismos, siempre con carácter previo a la carga de la mercadería:

1. Sector Agroexportador (Bienes de la Ley 21.453)

Para los productos agrícolas tradicionales, se mantiene el uso del sistema habitual:

  • Se canaliza a través de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE).
  • Debe alcanzar el estado de «Salida» en el Sistema Informativo Malvina de la Aduana.

2. Otros Bienes con Cotización (Minerales, Hidrocarburos, etc.)

Para el resto de los commodities que cotizan internacionalmente, la registración se realiza de forma electrónica desde el sitio web de ARCA (con Clave Fiscal nivel 3):

  • Formulario F.2669: Presentación inicial del contrato.
  • Formularios F.2670 y F.2671: Utilizados de manera complementaria para informar datos adicionales o ajustes por comparabilidad en los precios pactados dentro de los plazos estipulados por la norma.

Cronograma: ¿Cuándo entra en vigencia?

Los exportadores deben agendar una fecha clave en su calendario operativo:

  • Publicación oficial: 3 de julio de 2026.
  • Vigencia plena: 1 de agosto de 2026.

Todas las destinaciones definitivas de exportación que se oficialicen o registren a partir de dicha fecha quedarán alcanzadas bajo el nuevo régimen simplificado.

Beneficios para las Empresas Exportadoras

Aunque la obligación de declarar los contratos antes del embarque sigue vigente, la unificación de ARCA trae alivio al sector de comercio exterior:

  • Menos incertidumbre regulatoria: Al eliminar la dispersión de normas, disminuye el riesgo de incurrir en errores u omisiones por desconocimiento normativo.
  • Mayor agilidad: Un procedimiento estandarizado facilita la preparación documental interna en los departamentos de compliance y comercio exterior.

La trazabilidad documental es el pilar de la fiscalización moderna. Adaptar los procesos internos antes del 1 de agosto será crucial para asegurar que ninguna carga sufra demoras imprevistas en la terminal aduanera.


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