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19 junio 2026

Autónomos ARCA: Nuevos Importes y Categorías desde Junio 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó a través de su sitio web la actualización de las sumas mensuales que deberán abonar los trabajadores autónomos.

Estas modificaciones corresponden al período devengado junio, por lo que impactarán directamente en los bolsillos de los contribuyentes a partir de sus vencimientos fijados para el mes de julio.

Si sos trabajador independiente o llevás la contabilidad de un negocio, te presentamos en detalle cómo quedan las escalas y qué tenés que tener en cuenta para cumplir con tus obligaciones fiscales sin sorpresas.

¿A partir de cuándo rigen los nuevos valores?

Los nuevos importes publicados por ARCA entran en vigencia técnica a mediados de mes y se aplican a la obligación previsional de junio. Recordá que el régimen de autónomos se paga a mes vencido, lo que significa que el pago con el aumento consolidado se exigirá durante los primeros días de julio.

Tabla de nuevos aportes para Autónomos (Junio 2026)

A continuación, se detallan los importes vigentes que debés ingresar de acuerdo a tu categoría de revista:

CategoríaActividad / Descripción PrincipalImporte Mensual a Pagar
Categoría IIndependientes / Menores de 21 años / Profesionales$ 72.446,22
Categoría IIPrestadores de servicios / Comerciantes con ingresos base$ 101.423,15
Categoría IIIDirectores, administradores y conductores de sociedades$ 144.891,15
Categoría IVActividades comerciales o servicios con mayores ingresos$ 231.825,74
Categoría VDirectores y administradores con ingresos superiores$ 318.759,14

Nota importante: Para los trabajadores que realizan actividades penosas o riesgosas con regímenes previsionales diferenciales, las categorías (denominadas «Prima») van desde los $ 79.238,05 (Categoría I’) hasta los $ 348.642,81 (Categoría V’).

Calendario de Vencimientos: ¿Cuándo hay que pagar?

Para evitar recargos o intereses resarcitorios, agendá las fechas límite de pago para el período devengado de junio. Los vencimientos operan en julio y se distribuyen según la terminación de la CUIT del contribuyente:

  • CUIT terminadas en 0, 1, 2 y 3: Primera fecha de vencimiento.
  • CUIT terminadas en 4, 5 y 6: Segunda fecha de vencimiento.
  • CUIT terminadas en 7, 8 y 9: Tercera fecha de vencimiento.

(Podés consultar el cronograma exacto de días ingresando con tu clave fiscal al portal de ARCA).

¿Cómo abonar la cuota mensual de Autónomos?

La forma más ágil y recomendada para mantenerte al día es a través de canales digitales. Las opciones habilitadas incluyen:

  • Generación de VEA/VEP: Generando el Volante Electrónico de Pago desde el servicio «CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos».
  • Débito Automático: Adhiriendo tu tarjeta de crédito o cuenta bancaria (CBU). Recordá que cumplir bajo esta modalidad suele otorgar el beneficio de la devolución de una cuota anual por buen cumplimiento.
  • Billeteras Virtuales: Utilizando los códigos QR o servicios integrados de pago electrónico habilitados por el organismo.

Mantenerse informado respecto a los cambios de ARCA es fundamental para una correcta planificación financiera. Si tenés dudas sobre qué categoría te corresponde tras estos cambios, te sugerimos revisar tu perfil en el sistema registral de la web oficial.


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