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1 julio 2026

Combustibles: El Gobierno posterga el aumento fuerte para agosto y fija subas parciales en julio

El mercado de los combustibles vuelve a ser noticia. A través de la publicación del Decreto 562/2026 en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional definió un diferimiento estratégico en la actualización del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y al Dióxido de Carbono (IDC).

¿Qué significa esto en el día a día? Que el impacto total de los aumentos pendientes se traslada al próximo mes, aplicando un esquema de incrementos atenuados durante todo julio.

A continuación, te contamos los detalles técnicos y los nuevos valores que rigen desde hoy.

¿Qué establece el Decreto 562/2026?

La normativa dispone que el incremento total resultante de las actualizaciones fiscales remanentes de los años 2024, 2025 y el primer trimestre de 2026 no se aplicará de golpe.

El aumento fuerte del ICL y el IDC para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil surtirá efectos recién a partir del 1° de agosto de 2026.

Sin embargo, esto no significa que los precios se congelen en julio. Para el período comprendido entre el 1° y el 31 de julio de 2026, se fijaron montos fijos de incremento transitorios que impactarán directamente en el surtidor.

Nuevos montos fijos para Julio 2026

Para los hechos imponibles que se perfeccionen durante el mes de julio, los incrementos por litro (según el tipo de impuesto y producto) quedan determinados de la siguiente manera:

ProductoImpuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) – Art. 4°ICL – Tratamiento Diferencial – Art. 7°, inc. d)Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC) – Art. 11
Nafta sin plomo (hasta 92 RON / más de 92 RON) y Nafta virgen$21,192$ 1,298
Gasoil$18,959$ 10,266$ 2,161

Vigencia de la medida

Las disposiciones de este decreto entran en vigencia a partir del 1° de julio de 2026, inclusive.

Con esta medida, el Poder Ejecutivo busca amortiguar el traslado directo a los precios al consumidor final durante el mes en curso, pateando el ajuste más fuerte para el inicio del próximo mes. Si operás en el sector de transporte, estaciones de servicio o simplemente querés cuidar el bolsillo, agendá el 1° de agosto como la fecha clave del verdadero salto impositivo.


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