16 diciembre 2025
La reciente actualización de la Resolución General N.º 3.561 por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) marca un cambio importante en la gestión administrativa de los comercios y empresas. El objetivo es claro: simplificar la burocracia pasando de un esquema de reportes semanales a uno mensual.
A continuación, te detallamos los puntos clave que debes conocer para mantener tu negocio en regla.
Si utilizas Controladores Fiscales de Nueva Tecnología, a partir de ahora deberás generar y presentar de forma mensual los siguientes documentos (incluso si no hubo movimientos en el período):
¿Cómo se presentan? A través del servicio «Presentación de DDJJ y Pagos – Controladores Fiscales» o vía Webservice.
La periodicidad ahora es mensual para todos, pero la fecha de vencimiento varía según tu condición fiscal:
| Condición frente al IVA | Plazo de presentación |
| Responsables Inscriptos y Exentos | Hasta el día 5 del mes siguiente |
| Monotributistas (RS) | Hasta el día 7 del mes siguiente |
Nota importante: Aunque la obligación de presentación es mensual, los contribuyentes pueden seguir generando la Cinta Testigo Digital (CTD) con mayor frecuencia (diaria o semanal) para su control interno, siempre que cumplan con la carga mensual en fecha.
No basta con presentar los reportes; también es obligatorio su almacenamiento seguro:
Para solicitar la baja de un controlador (por cese de actividad, recambio o transferencia), los pasos son:
Recuerda: Mientras no se gestione la baja formal, la obligación de presentar reportes mensuales persiste.
Esta normativa entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial el 16 de diciembre de 2025. Sin embargo, los cambios operativos aplicarán para los reportes correspondientes al periodo de enero de 2026 en adelante.
Es fundamental revisar la configuración de tus equipos para evitar sanciones o bloqueos de constancias.

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