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16 diciembre 2025

Controladores Fiscales: ARCA unifica la presentación de reportes a partir de 2026

La reciente actualización de la Resolución General N.º 3.561 por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) marca un cambio importante en la gestión administrativa de los comercios y empresas. El objetivo es claro: simplificar la burocracia pasando de un esquema de reportes semanales a uno mensual.

A continuación, te detallamos los puntos clave que debes conocer para mantener tu negocio en regla.

1. Los nuevos reportes obligatorios

Si utilizas Controladores Fiscales de Nueva Tecnología, a partir de ahora deberás generar y presentar de forma mensual los siguientes documentos (incluso si no hubo movimientos en el período):

  • Cinta Testigo Digital (CTD) – F. 8010: Se puede presentar comprimido en formato .ZIP.
  • Reporte Resumen de Totales – F. 8011.

¿Cómo se presentan? A través del servicio «Presentación de DDJJ y Pagos – Controladores Fiscales» o vía Webservice.


2. Calendario de Vencimientos

La periodicidad ahora es mensual para todos, pero la fecha de vencimiento varía según tu condición fiscal:

Condición frente al IVAPlazo de presentación
Responsables Inscriptos y ExentosHasta el día 5 del mes siguiente
Monotributistas (RS)Hasta el día 7 del mes siguiente

Nota importante: Aunque la obligación de presentación es mensual, los contribuyentes pueden seguir generando la Cinta Testigo Digital (CTD) con mayor frecuencia (diaria o semanal) para su control interno, siempre que cumplan con la carga mensual en fecha.


3. Resguardo y Seguridad de Datos

No basta con presentar los reportes; también es obligatorio su almacenamiento seguro:

  • Debes guardar la Cinta Testigo Digital en un dispositivo de conexión directa.
  • El resguardo de las copias debe realizarse dentro de los 10 días posteriores al cierre del mes.
  • El plazo de conservación es el establecido por la Ley 11.683 (habitualmente 5 años o más según el caso).

4. ¿Qué pasa si quiero dar de baja un equipo?

Para solicitar la baja de un controlador (por cese de actividad, recambio o transferencia), los pasos son:

  1. Tener al día todos los reportes mensuales.
  2. Generar en el propio equipo la Solicitud de Baja Fiscal (firmada digitalmente).
  3. Informar la solicitud a través del servicio con clave fiscal “Gestión de Controladores Fiscales”.

Recuerda: Mientras no se gestione la baja formal, la obligación de presentar reportes mensuales persiste.


Vigencia: ¿Cuándo empieza a regir?

Esta normativa entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial el 16 de diciembre de 2025. Sin embargo, los cambios operativos aplicarán para los reportes correspondientes al periodo de enero de 2026 en adelante.

¿Necesitas ayuda con la adecuación de tus controladores?

Es fundamental revisar la configuración de tus equipos para evitar sanciones o bloqueos de constancias.


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