1 septiembre 2023
El Poder Ejecutivo estableció una asignación no remunerativa por única vez para trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo Para el Personal de Casas Particulares.
La asignación no remunerativa para los trabajadores en relación de dependencia en el sector privado de $60.000 será abonada en dos tramos:
Además, para los trabajadores sujetos al Régimen de Casas Particulares el bono ascenderá a la suma de $25.000 que será abonado en dos cuotas de $12.500 con los salarios devengados en agosto y septiembre de 2023.
Las Micro y Pequeñas Empresas pueden compensar en un 100% o en un 50% respectivamente, los montos pagados en concepto de asignaciones no remunerativas, con las sumas que deban abonar por contribuciones patronales a la seguridad social; mientras que los dadores de trabajo del Personal de Casas Particulares que cumplan determinadas condiciones podrán solicitar el reintegro del 50% del importe abonado.
Por otra parte, se encomienda a la AFIP a prorrogar los vencimientos para el pago del Impuesto al Valor Agregado y de las contribuciones de la seguridad social y en el caso del monotributo por los meses de septiembre 2023 a febrero 2024 para los sujetos comprendidos en las categorías A, B C y D.
ACLARACIONES Y DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por medio de la Resolución 1125/2023, establece que la asignación no remunerativa prevista por el Decreto 438/2023 le corresponde a los trabajadores con relacionales laborales vigentes al 31 de agosto de 2023, en tanto hayan prestado tareas en forma efectiva.
El monto de la asignación deberá ser calculado sobre los salarios devengados en el mes de agosto de 2023, y cuando la prestación de servicios fuera inferior a la jornada legal o convencional, el monto de la asignación deberá ser calculado proporcionalmente a las horas efectivamente trabajadas.
Además, se deja constancia que esta asignación es procedente para aquellos trabajadores que al 31 de agosto de 2023 se encuentren con licencia con goce de haberes a causa de enfermedad o accidente inculpable, en cuyo caso el monto total de la asignación se determinara en función de la jornada laboral que venía desempeñando antes de iniciar la licencia.
Por último, aprueba el cálculo proporcional de la asignación no remunerativa para los trabajadores del Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
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