16 junio 2026
Llegó el invierno y, con él, el esperado receso para los profesionales de las ciencias económicas y los contribuyentes. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las fechas y condiciones para la Feria Fiscal Invernal 2026.
A través de la Resolución General 5863/2026 (publicada en el Boletín Oficial el pasado 12 de junio), el organismo regulador dictó las pautas de este «parate» administrativo. Pero atención: que haya feria no significa que podamos olvidarnos por completo de la computadora.
A continuación, te contamos todo lo que tenés que saber para que no se te escape ningún detalle entre el 13 y el 24 de julio de 2026.
Durante este período de dos semanas, ARCA establece una suspensión de los plazos procedimentales. En términos sencillos, los días hábiles administrativos dentro de esas fechas «no corren» para ciertos trámites y contestaciones.
Esto busca dar un alivio tanto a los contadores como a los contribuyentes, frenando temporalmente la presión de los plazos procesales habituales.
Si tenías la soga al cuello con los tiempos, podés respirar un poco. La suspensión alcanza a las siguientes actuaciones administrativas:
Nota importante: Si un inspector te notificó un requerimiento cuyo vencimiento caía dentro del período de feria, los días hábiles se reanudarán automáticamente a partir del lunes 27 de julio de 2026.
Este es el error más común y el que más caro se paga. La feria fiscal no es un feriado total.
La medida dictada en la Res. Gral. 5863/2026 no prorroga los vencimientos de las Declaraciones Juradas (DDJJ) ni los pagos correspondientes.
Esto significa que vas a tener que seguir cumpliendo en tiempo y forma con:
Para que de verdad disfrutes de este beneficio (o al menos trabajes con un poco más de calma), te recomendamos seguir estos pasos antes del 13 de julio:
La feria fiscal invernal es una excelente herramienta para ordenar los papeles y tomar aire, siempre y cuando se tengan claras las reglas del juego. ¡A agendar las fechas y evitar sorpresas!

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