blog

Últimas Novedades

ImpositivaNovedades

5 mayo 2025

Ganancias 2025: Adecuan el régimen de anticipos para empresas, personas humanas y sucesiones indivisas

Nuevo procedimiento general y esquema excepcional para el Período Fiscal 2025.


El 30 de abril de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General (ARCA) N° 5685/2025, que introduce modificaciones al régimen de anticipos del impuesto a las ganancias, tanto para sociedades como para personas humanas y sucesiones indivisas.
A continuación, detallamos los principales aspectos de la norma:

Sociedades
Se modifica el procedimiento general previsto en la R.G. (AFIP) N° 5211 —actualmente ARCA— estableciendo que, a partir de los cierres de ejercicio de diciembre de 2025 en adelante:

  • El régimen aplicará 9 anticipos mensuales, calculados sobre la base del impuesto determinado en el período fiscal anterior.
  • Cada anticipo se calculará aplicando una alícuota del 11,11% sobre dicho impuesto.

Personas humanas y sucesiones indivisas
El nuevo esquema dispone que, para la determinación de anticipos:

  • Se deberá considerar el resultado neto del período fiscal anterior, antes de las deducciones personales.
  • Dicho resultado será actualizado mediante la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) registrada entre julio y diciembre del año calendario anterior.
  • Adicionalmente, se actualizarán por el mismo índice tanto las deducciones personales como los tramos de la escala del impuesto.

Procedimiento excepcional – Período Fiscal 2025
De forma excepcional, para las personas humanas y sucesiones indivisas, durante el Período Fiscal 2025, la actualización por IPC se calculará considerando la variación del índice entre septiembre y diciembre de 2024.

Desde Arizmendi, continuaremos brindando el análisis y las herramientas necesarias para acompañar la correcta liquidación del impuesto a las ganancias en este nuevo contexto.

Legislación Impositiva Online