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10 abril 2025

Implicancias de la Resolución 1/2025 del Ministerio de Salud en la derivación de aportes: consideraciones clave para empleadores

La reciente Resolución N° 1/2025 del Ministerio de Salud establece cambios significativos en el esquema de derivación de aportes hacia las empresas de medicina prepaga, impactando directamente en la administración de los datos de salud de los trabajadores. Esta modificación, que ya se encuentra en vigencia, impone nuevas consideraciones para los empleadores a la hora de declarar a los prestadores de salud en sus registros.

¿Qué establece la Resolución 1/2025?

La norma determina que los aportes correspondientes a los beneficiarios del Sistema de Obras Sociales que reciben prestaciones mediante empresas de medicina prepaga (a través del mecanismo de derivación), serán transferidos directamente a dichas empresas de medicina prepaga.

Durante los primeros 60 días desde su publicación, los trabajadores tenían la posibilidad de manifestar su voluntad de permanecer en su obra social de origen mediante el trámite a distancia (TAD). Concluido ese plazo, la derivación directa de aportes a las prepagas se consolida como el nuevo esquema operativo.

¿Qué deben hacer los empleadores?

Uno de los principales interrogantes que se presenta para las empresas es si deben actualizar la información de sus empleados en los sistemas de AFIP.

Actualización en Simplificación Registral y Formulario 931

Aunque no se ha publicado normativa específica posterior a la resolución que obligue expresamente a modificar estos registros, es importante tener en cuenta lo dispuesto por la Resolución General AFIP N° 2988, que establece como obligatorio el campo “Obra Social” en los registros laborales.

🔎 Por lo tanto, se recomienda actualizar los datos para reflejar el código de la empresa de medicina prepaga en lugar de la obra social, siempre que la cobertura del trabajador esté siendo brindada directamente por la prepaga.

¿Cómo saber si un trabajador está alcanzado por la medida?

Para determinar si un trabajador está comprendido en el nuevo esquema, el empleador debe realizar una consulta individual en el padrón de beneficiarios de obras sociales disponible en el sitio oficial de la Superintendencia de Servicios de Salud:

🔗 Consulta de beneficiarios – SSSalud

Teniendo en cuenta la obligación de mantener actualizados los datos del personal y la coherencia entre lo informado y la cobertura real, desde Arizmendi recomendamos analizar caso por caso y realizar las actualizaciones correspondientes en los registros laborales.

👉 Nuestro equipo se encuentra disponible para brindar el orientación técnica y legal necesario frente a este nuevo escenario normativo.