28 julio 2023
Con el dictado de la Resolución SC 1.183/2023 (B.O. 28/07/2023) se establece el detalle de los insumos y bienes intermedios vinculados en forma directa a productos de la canasta básica alimentaria que se encuentran excluidos del Impuesto PAIS.
El artículo 2° del Decreto 377/23 incorporó el inciso e) del artículo 13 bis del Título III del Decreto 99/19 el cual establece que quedan comprendidas en el inciso a) del artículo 35 de la Ley 27.541 del Impuesto PAIS las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas por residentes en el país para el pago de obligaciones por la importación de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.), a excepción de entre otros, de los insumos y bienes intermedios vinculados en forma directa a productos de la canasta básica alimentaria.
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