4 julio 2023
Mediante el dictado del Decreto 332/2023 (B.O. 30/06/2023) se establece que los incrementos en los montos de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbonoque resulten de las actualizaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestres calendario del año 2021, al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario del año 2022 y al primer y segundo trimestres calendario del año 2023 surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1° de noviembre de 2023, inclusive.
Las disposiciones del presente Decreto entraron en vigencia el 30 de junio de 2023.
suscribite al Info.Arizmendi y mantenete actualizado con las últimas novedades en legislación.