15 julio 2025
A través de la Resolución General ARCA 5705/2025, se establece un nuevo régimen obligatorio denominado IVA Simple, que deberán aplicar los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado a partir del período fiscal noviembre 2025. Este nuevo procedimiento es electrónico, integral y asistido, y reemplaza los formularios tradicionales en la presentación de la declaración jurada.
Están alcanzados por esta obligación todos los responsables inscriptos en el IVA. A partir de noviembre 2025 deberán utilizar exclusivamente este sistema para determinar e ingresar el gravamen.
Además, se podrá optar por utilizar “IVA Simple” desde el período junio 2025, lo cual eximirá al contribuyente de registrar electrónicamente las operaciones mediante el “Libro de IVA Digital” durante esos meses.
El régimen de registración electrónica de operaciones exige informar tanto operaciones generadoras como no generadoras de crédito o débito fiscal. Entre ellas se incluyen:
La presentación deberá realizarse a través del servicio «Portal IVA», mediante el formulario F.2051. Este se compone de:
El sistema pondrá a disposición los comprobantes emitidos y recibidos según la base de datos de ARCA. El contribuyente podrá incorporar, modificar o eliminar datos que considere omitidos o erróneos.
Se calculará el impuesto en función del perfil del contribuyente, considerando percepciones, retenciones, pagos a cuenta y otros datos relevantes.
La declaración deberá presentarse mensualmente, según el cronograma de vencimientos vigente, y el pago del saldo resultante se hará por las vías habituales.
El nuevo régimen de IVA Simple implica un cambio significativo en los procesos de registración, validación de comprobantes y presentación de declaraciones. Para cumplir correctamente con esta y otras obligaciones fiscales, es clave contar con información actualizada y acceso a fuentes confiables.
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