25 julio 2025
Por medio de la Resolución 278 (BO 25/07/2025) la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) establece los nuevos montos de las bases imponibles mínima y máxima para la seguridad social, así como los haberes jubilatorios y otras prestaciones previsionales, aplicables a partir del devengado del mes de Agosto de 2025, ajustados conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor.
Nuestro comentario
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por medio de la Resolución 278/2025, establece los nuevos montos de las bases imponibles mínima y máxima para la seguridad social, así como los haberes jubilatorios y otras prestaciones previsionales, aplicables a partir del devengado del mes de Agosto de 2025, actualizados mediante la aplicación de los índices de actualización aprobados por la Subsecretaría de Seguridad Social.
En virtud de lo expuesto, a partir del devengado del mes de AGOSTO de 2025, de
acuerdo a los índices de actualización aprobados por la Subsecretaría de Seguridad Social, se fijan los siguientes valores:
Asimismo, se dispone que las remuneraciones de los afiliados que cesaren en la actividad a partir del 3 de Julio de 2025 o los que continúen en actividad y solicitaren la prestación a partir del 1° de Agosto de 2025, se actualizarán mediante la aplicación de los índices de actualización aprobados por la Subsecretaría de Seguridad Social (Disposición 3/2025).
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