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23 julio 2026

Modificaciones al Régimen Simplificado de Ganancias: 4 claves de la «Ley de Inocencia Fiscal 2»

El Ministerio de Economía presentó formalmente el proyecto de ley que introduce importantes modificaciones al Régimen de Presentación Simplificado en el Impuesto a las Ganancias para Personas Humanas. Esta iniciativa, conocida como la «Ley de Inocencia Fiscal 2», llega al Congreso con el objetivo de ampliar el alcance y precisar cuestiones técnicas del régimen sancionado bajo la Ley 27.799 y su Decreto Reglamentario 93/2026.

A horas de su ingreso al recinto parlamentario, el proyecto destaca la flexibilización de requisitos, cambios en la carga probatoria frente a ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) y nuevos mecanismos de protección para los contribuyentes.

A continuación, analizamos los cuatro pilares centrales de esta reforma fiscal.

1. Ampliación del universo: Sujetos y Grandes Contribuyentes

Una de las barreras más cuestionadas del régimen anterior era la limitación por ingresos y patrimonio. Con la nueva iniciativa, el escenario cambia drásticamente:

  • Eliminación de topes: Se suprimen las barreras patrimoniales y de ingresos, permitiendo que el régimen quede abierto para todas las personas humanas y sucesiones indivisas.
  • Tratamiento de Grandes Contribuyentes: Aquellos sujetos que revistan la categoría de Grandes Contribuyentes ante ARCA ahora podrán adherir a la modalidad simplificada. Si bien no gozarán de las presunciones, efectos liberatorios ni otros beneficios del régimen, podrán aprovechar el sistema a fines prácticos para que el fisco les prelique el impuesto y facilite la gestión de pago.

(H2) 2. Redefinición de la «Discrepancia Significativa» (Art. 40)

El proyecto introduce mayor seguridad jurídica al momento de definir cuándo ARCA puede quebrar la presunción de exactitud de la declaración jurada del contribuyente. Para ello, se establecen dos parámetros acumulativos:

  • Diferencia Porcentual: Solo existirá discrepancia si ARCA detecta un incremento del impuesto determinado o una reducción de los quebrantos impositivos superior o igual al 15% (mejorando el texto anterior que aludía confusamente a «saldos»).
  • Umbral Mínimo: Incluso si se supera el techo del 15%, el contribuyente no será excluido del régimen si la diferencia nominal reclamada es inferior al 5% del monto de evasión previsto en el Art. 1° de la Ley Penal Tributaria (es decir, montos que no alcancen los $5.000.000).

3. Inversión de la carga de la prueba y salvataje por rectificativa

En materia de defensa del contribuyente y procedimiento tributario (incorporaciones al Art. 40), el proyecto introduce dos modificaciones sustanciales:

  • Límites probatorios para el Estado: Se invierte la carga de la prueba en favor del contribuyente. Para justificar una discrepancia significativa, ARCA ya no podrá utilizar presunciones estimativas; únicamente podrá valerse de la información declarada, sus propios sistemas o datos comprobables de terceros.
  • Salvataje por Rectificativa: Se amplía la oportunidad de no perder el régimen. Si el contribuyente presenta una declaración jurada rectificativa y cancela o regulariza la diferencia (más intereses) en un plazo máximo de 15 días hábiles tras la notificación administrativa o determinación de oficio, la discrepancia quedará sin efecto. (Nota: en el texto actual, este salvataje era exclusivo para casos de facturas apócrifas).

4. Reintegro acelerado de fondos (Nuevo Art. 42 bis)

¿Qué sucede si un contribuyente paga un ajuste para no ser excluido del régimen pero luego la impugnación de ARCA es revocada? El nuevo texto contempla un mecanismo expedito para la devolución del dinero:

  • Restablecimiento de beneficios: Al revocarse la impugnación, se le restituye plenamente al contribuyente la presunción de exactitud sobre sus declaraciones.
  • Plazo expedito con intereses: ARCA quedará obligada a reintegrar los importes cobrados, sumando los intereses de repetición, en un plazo máximo de 45 días hábiles contados desde la notificación de la resolución firme.

Conferencia explicativa del Ministerio de Economía

Para profundizar en los detalles técnicos y el espíritu de la Ley de Inocencia Fiscal 2, el Ministerio de Economía brindó una conferencia explicativa donde se desarrollaron los puntos clave de la iniciativa enviada al Congreso.

(Sugerencia para el redactor/webmaster: Incrustar el video directamente aquí usando un bloque de YouTube en WordPress o el código iframe)

📺 Mirá la presentación completa en video:

Acceder a la conferencia del Ministerio de Economía en YouTube

Conclusión

La modificación al Régimen Simplificado de Ganancias apunta a universalizar la simplificación administrativa, poniendo límites claros a las facultades de presunción del fisco y otorgando herramientas rápidas de corrección y reintegro para los contribuyentes.

¿Qué opinás de estos cambios al régimen simplificado? Dejanos tu comentario o consultá con nuestro equipo prestando asesoramiento fiscal para evaluar cómo adaptarte a las nuevas regulaciones.