1 diciembre 2023
Por medio del dictado de la Resolución 670/2023- APN-SIYDP-MEC (BO –.01/12/2023), se dispone una nueva prórroga del plazo, para la aceptación, cancelación y rechazo de facturas de crédito electrónicas MIPYMES y su inscripción en el Registro de “Facturas de Crédito Electrónicas MIPYMES” a 21 días corridos.
Se establece que desde el 1 de diciembre de 2023 y hasta el 29 de febrero de 2024, las MIPYMES tendrán 21 días corridos para:
-El pago del precio superior contados a partir de la fecha de recepción de la factura de crédito electrónica MIPYME en el domicilio fiscal electrónico del obligado al pago (art. 4 Ley 27440)
-La constitución de título ejecutivo y valor no cartular (art. 4 Ley 27440)
-La emisión de notas de débito y crédito que se ajusten a la operación (art. 5 Ley 27440).
-La aceptación de la factura de crédito electrónica MIPYMES (art. 5 Ley 27440).
-La aceptación tácita prevista en el art. 6 de la Ley 27440-Efectuar el rechazo de la factura de crédito electrónica MIPYMES y su inscripción en el Registro de Facturas de Crédito Electrónica MIPYMES previsto en el artículo 8 de la ley 27440.
Vigencia: 1/12/2023.
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